1.- Obligaciones Tributarias. –
Actualización de la Proyección de Gastos Personales por parte de Trabajadores en Relación de Dependencia
Los empleadores deben recibir, por parte de los trabajadores bajo relación de dependencia, una actualización de la proyección de gastos personales hasta el 30 de junio, toda vez que durante el ejercicio fiscal 2026 se produzcan cambios en los gastos personales proyectados y/o en el número de cargas familiares que inicialmente reportó.
Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas – OPR
Los contribuyentes (Sociedades) que dentro de un mismo período fiscal hayan efectuado operaciones con partes relacionadas en un monto acumulado superior a tres millones de dólares ($3’000.000) deberán informar la sumatoria de dichas operaciones.
La presentación será en un plazo no mayor a dos meses a la fecha de exigibilidad de la declaración del Impuesto a la Renta (Sociedades – Junio) de acuerdo al noveno dígito del RUC.
Informe Integral de Precios de Transferencia
Los contribuyentes (Sociedades) que dentro de un mismo período fiscal hayan efectuado operaciones con partes relacionadas en un monto acumulado superior a diez millones de dólares ($10’000.000) deberán presentar el Informe Integral de Precios de Transferencia.
La presentación será en un plazo no mayor a dos meses a la fecha de exigibilidad de la declaración del Impuesto a la Renta (Sociedades – Junio) de acuerdo al noveno dígito del RUC.
Presentación del Anexo de fideicomisos mercantiles, fondos de inversión y fondos complementarios
La sociedad administradora del fondo de inversión o del fideicomiso mercantil, o la persona natural o sociedad administradora del fondo complementario, según corresponda, deberá presentar ante la Administración Tributaria, mediante el “Anexo de Fideicomisos Mercantiles, Fondos de Inversión y Fondos Complementarios” la información relativa a los movimientos administrativos, operativos y financieros de los respectivos sujetos obligados. El Anexo antes mencionado deberá ser presentado de la siguiente manera:
Los sujetos pasivos que se inscriban en el RUC por primera vez, lo presentarán al mes siguiente de la inscripción, considerando el noveno dígito del RUC
Los sujetos pasivos que ya se encuentren inscritos en el RUC presentarán la información de manera anual, con corte al 31 de diciembre del respectivo ejercicio fiscal, en el mes de junio del ejercicio fiscal siguiente al que corresponda la misma, considerando el noveno dígito del RUC.
2.-Obligaciones Laborales.-
Registro del pago de utilidades
Hasta el 21 de junio, los empleadores cuyo noveno dígito del RUC o de la cédula de ciudadanía corresponda a 6, 7, 8, 9 o 0 deberán registrar ante el Ministerio del Trabajo el pago de las utilidades distribuidas a favor de los trabajadores bajo relación de dependencia.
| NOVENO DÍGITO DEL RUC | FECHA REGISTRO |
| 6, 7, 8, 9 y 0 | 21 de mayo al 21 de junio de 2025 |
El empleador que no pueda cumplir, por fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado, con la obligación de registrar el pago de acuerdo al cronograma establecido, tendrá un plazo de 90 días, contados a partir de la fecha en la que debió realizar el pago.
Obligaciones patronales – IESS
La planilla de aportes al IESS por las obligaciones correspondientes al mes de mayo del 2026, deberán ser pagadas hasta el 15 de junio del presente año.
3.- Obligaciones Societarias
Reportar Información sobre ventas a crédito
Las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros (SCVS), que dentro de sus actividades realicen ventas a crédito, con o sin intereses deberán transferir al Registro de Datos Crediticios que forman parte del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, hasta el 10 de junio, la información sobre las ventas a crédito efectuadas
4.- Obligaciones varias
Pago del impuesto del 1.5 por mil sobre los activos
Las sociedades nacionales o extranjeras, domiciliadas o con establecimiento en la respectiva jurisdicción municipal, deberán pagar ante la Municipalidad en donde mantenga su domicilio o sucursal, hasta 30 días después de la fecha límite para la declaración del Impuesto a la Renta de sociedades, el impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales del ejercicio 2025.
Impuesto a los vehículos motorizados
Pago del Impuesto a los vehículos motorizados por parte de los propietarios de los vehículos de uso particular, cuyo último dígito de placa sea 5.
5.-Obligaciones de periodicidad mensual
- Declaración de IVA mensual
- Declaración de Retenciones en la Fuente de IR
- Declaración de ICE
- Declaración de ISD
- Declaración y pago de obligaciones IESS
- Anexo Transaccional Simplificado
- Anexo ICE mensual.
- Anexo Movimiento Internacional de Divisas (MID).
- Anexo de Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles.
Nota: Los contribuyentes especiales deberán realizar su declaración hasta el 11 de cada mes, sin atender el noveno dígito del RUC. Si la fecha coincide con días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, deberán ser declaradas el día hábil siguiente.














