1.- Obligaciones Tributarias. –
Informe de Cumplimiento Tributario periodo 2024 (ICT):
El Informe de Cumplimiento Tributario (ICT) es un documento que muestra la opinión del auditor respecto al cumplimiento de las obligaciones tributarias vigentes de un contribuyente sobre un período fiscal específico. La elaboración de los anexos del informe de cumplimiento tributario le corresponde al sujeto pasivo obligado a la contratación de auditoría externa. Deberá ser presentado a través de la página web institucional del SRI, durante el mes de julio, conforme al 9no dígito del RUC y correspondiente a la información del año 2024.
Base Legal: Resolución No. NAC-DGERCGC15-00003218
Declaración semestral de IVA:
Los contribuyentes considerados dentro del régimen RIMPE como emprendedores, así como aquellos contribuyentes que transfieran bienes o presten servicios gravados con tarifa cero o no gravados, o que estén sujetos a la retención total del IVA causado, declaran IVA en forma semestral durante el primer semestre del año (enero a junio). atendiendo al 9no dígito de su número de RUC:
| Noveno dígito del RUC | Vencimiento 1er semestre |
| 1 | 10 de julio |
| 2 | 12 de julio |
| 3 | 14 de julio |
| 4 | 16 de julio |
| 5 | 18 de julio |
| 6 | 20 de julio |
| 7 | 22 de julio |
| 8 | 24 de julio |
| 9 | 26 de julio |
| 0 | 28 de julio |
Base Legal: Ley de Régimen Tributario Interno, Art. 67; Reglamento a la Ley de Régimen Tributario Interno, Art. 236
Declaración semestral de IVA y retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta de periodos sin movimientos:
Los sujetos pasivos constituidos en agentes de percepción y de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA), así como a los sujetos pasivos constituidos en agentes de retención del Impuesto a la Renta, deberán presentar de manera semestral las declaraciones del IVA y de las retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta, respecto de aquellos períodos en los cuales no hubieren efectuado operaciones, movimientos y/o transacción económica alguna, atendiendo al 9no dígito de su número de RUC.
Base legal: Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000461
Utilidades no distribuidas
Las sociedades residentes y los establecimientos permanentes de sociedades no residentes en Ecuador deberán verificar hasta el 31 de julio, si mantienen utilidades acumuladas de ejercicios anteriores sin distribuir, a efectos de determinar si se encuentran sujetas al pago del anticipo sobre utilidades no distribuidas a efectuarse durante los meses de agosto, septiembre y octubre.
Base legal: Art. 39.2.1 Ley de Régimen Tributario Interno, disposición reformatoria segunda RLOTS.
2.-Obligaciones Societarias.-
Reportar Información sobre ventas a crédito Las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros (SCVS), que dentro de sus actividades realicen ventas a crédito, con o sin intereses deberán transferir al Registro de Datos Crediticios que forman parte del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, hasta el 10 de julio, la información sobre las ventas a crédito efectuadas.
3.-Obligaciones Laborales.-
Lineamientos para la prevención y atención de casos de discriminación, violencia y acoso laboral, en el sector privado
Los nuevos empleadores del sector privado, con 10 o más trabajadores, deberán de forma obligatoria registrar hasta el 31 de julio, el Protocolo Interno de Prevención y Erradicación de la Discriminación, Violencia y Acoso Laboral en el SUT.
Base legal: ACUERDO No. MDT-2025-102
Pago de Impuesto predial urbano
A partir del 01 de julio se deberá pagar ante la municipalidad donde se encuentre ubicado el bien inmueble, del impuesto predial urbano por el año 2026, con recargo del 10% sobre el valor del impuesto causado a ser cancelado.
Base legal: Art. 512 del COOTAD
4.- Obligaciones varias
Impuesto a los vehículos motorizados:
Pago del Impuesto a los vehículos motorizados por parte de los propietarios de los vehículos de uso particular, cuyo último dígito de placa sea 6.
5.- Obligaciones De Periodicidad Mensual
- Declaración de Retención en la Fuente de IR
- Declaración IVA mensual
- Declaración de ISD
- Declaración de ICE
- Declaración y pago de obligaciones IESS
- Anexo Transaccional Simplificado (ATS)
- Anexo ICE mensual
- Anexo de Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles.
Nota: Las obligaciones arriba detalladas, se presentarán atendiendo al noveno dígito del RUC. (*) En el caso de los contribuyentes especiales, estas obligaciones se deberán presentar y pagar hasta el 11 de cada mes, sin atender al noveno dígito del RUC. En caso que el vencimiento de la declaración coincida con fines de semana o feriados, se trasladará al primer día hábil siguiente.














