1.- Obligaciones Tributarias. –
Declaración de Impuesto a la Renta contribuyentes Régimen RIMPE Emprendedores y Negocios Populares
Los contribuyentes del Régimen RIMPE categorizados como Emprendedores y Negocios Populares deberán declarar y pagar ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) el Impuesto a la Renta sobre sus ingresos generados durante el periodo 2025 bajo este régimen, en el mes de mayo, de acuerdo al noveno dígito de su RUC.
Presentación del Anexo de Cuentas Financieras de no Residentes (CRS)
Las instituciones de custodia, de depósito, de inversión incluidos los fideicomisos (excepto cuando el fiduciario del mismo sea una Institución Financiera Sujeta a Reportar y reporte toda la información), y las compañías de seguros que se encuentren obligados a la implementación efectiva del Estándar Común de Comunicación de Información y Debida Diligencia, deberán presentar ante el Servicio de Rentas Internas (SRI), en el mes de mayo según el noveno dígito de su RUC, el Anexo CRS respecto al período comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre del 2025.
No están obligadas a presentar el Anexo CRS, las cajas de ahorro, cajas y bancos comunales.
Presentación del Anexo de Dividendos (ADI)
Las sociedades nacionales o extranjeras residentes o establecidas en el Ecuador; y, las personas naturales residentes en Ecuador que hayan recibido dividendos de compañías extranjeras no residentes en el Ecuador, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2025, deberán presentar ante el Servicio de Rentas Internas (SRI), en el mes de mayo según el noveno dígito de su RUC o cédula, el Anexo de Dividendos ADI, el mismo que deberá ser presentado inclusive en aquellos periodos en los que no se hubiere generado información, caso en el cual se presentará en cero.
No están obligados a presentar el Anexo, las instituciones de carácter privado sin fines de lucro.
Presentación de la Declaración Patrimonial de Personas Naturales
Las personas naturales, nacionales y extranjeras, residentes en el Ecuador deben presentar ante el Servicio de Rentas Internas (SRI), en el mes de mayo según el noveno dígito de su cédula o RUC, su declaración patrimonial con corte al 1 de enero de 2026.
Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas – OPR
Los contribuyentes que dentro de un mismo período fiscal hayan efectuado operaciones con partes relacionadas en un monto acumulado superior a tres millones de dólares ($3’000.000) deberán informar la sumatoria de dichas operaciones.
La presentación será en un plazo no mayor a dos meses a la fecha de exigibilidad de la declaración del Impuesto a la Renta (Personas naturales – Mayo; Sociedades – Junio) de acuerdo al noveno dígito del RUC.
Informe Integral de Precios de Transferencia
Los contribuyentes que dentro de un mismo período fiscal hayan efectuado operaciones con partes relacionadas en un monto acumulado superior a diez millones de dólares ($10’000.000) deberán presentar el Informe Integral de Precios de Transferencia.
La presentación será en un plazo no mayor a dos meses a la fecha de exigibilidad de la declaración del Impuesto a la Renta (Personas naturales – Mayo; Sociedades – Junio) de acuerdo al noveno dígito del RUC.
2. Obligaciones Laborales.-
Registro del pago de la decimocuarta remuneración en la Región Costa e Insular
Los empleadores de las regiones Costa e Insultar, cuyo Noveno Dígito del RUC sean 6, 7, 8, 9 y 0, deben registrar en el Sistema de Salarios En Línea de la página del Ministerio de Trabajo, el pago de la decimocuarta remuneración a sus trabajadores bajo relación de dependencia, desde el 21 de abril hasta el 21 de mayo 2026.
Registro del pago de utilidades
Los empleadores deberán registrar el pago de participación a trabajadores por el año 2025, a través del sistema de salarios en línea del Ministerio de Trabajo, de acuerdo al siguiente cronograma:
| NOVENO DÍGITO DEL RUC | FECHA REGISTRO |
| 1, 2, 3, 4 y 5 | 20 de abril al 20 de mayo de 2026 |
| 6, 7, 8, 9 y 0 | 21 de mayo al 21 de junio de 2026 |
El empleador que no pueda cumplir, por fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado, con la obligación de registrar el pago de acuerdo al cronograma establecido, tendrá un plazo de 90 días, contados a partir de la fecha en la que debió realizar el pago.
Registro del comprobante del depósito de utilidades no cobradas de manera directa a beneficio de los trabajadores y ex trabajadores
El empleador deberá cargar el comprobante del depósito realizado en una cuenta del Sistema Financiero Nacional, correspondiente a la utilidades no cobradas de manera directa en beneficio de los trabajadores y ex trabajadores, en el módulo de consignaciones del sistema de Salarios en Línea del ministerio del Trabajo, en un plazo máximo de treinta (30) días posteriores a la fecha en la que se debió efectuar el pago de la participación de utilidades a las que tienen derecho los trabajadores y ex trabajadores.
3.-Obligaciones Societarias. –
Informe de Auditoría Externa (Cumplimiento UAFE)
Las sociedades bajo control de la Superintendencia de Compañías de Valores y Seguros que se encuentren obligados a reportar a la UAFE deberán presentar hasta el 30 de mayo, el Informe de Auditoría Externa sobre el cumplimiento de políticas, procedimientos y mecanismos implementados para la prevención de lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y otros delitos.
Informe Anual de Oficial de Cumplimiento
Hasta el 30 de mayo de 2026 se podrá presentar el Informe Anual de Oficial de Cumplimiento. Esta prórroga es aplicable para los sujetos obligados bajo el control y supervisión de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), al no tener organismo de control específico en el país, en materia de prevención del delito de lavado activos y financiamiento de delitos, por lo cual dicho control y supervisión es competencia de la UAFE.
Reportar Información sobre ventas a crédito
Las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros (SCVS), que dentro de sus actividades realicen ventas a crédito, con o sin intereses deberán transferir al Registro de Datos Crediticios que forman parte del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, hasta el 10 de mayo, la información sobre las ventas a crédito efectuadas.
Obligaciones varias.-
Pago del impuesto del 1.5 por mil sobre los activos
Las sociedades nacionales o extranjeras, domiciliadas o con establecimiento en la respectiva jurisdicción municipal, deberán pagar ante la Municipalidad en donde mantenga su domicilio o sucursal, hasta 30 días después de la fecha límite para la declaración del Impuesto a la Renta de sociedades, el impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales del ejercicio 2025.
Impuesto a los vehículos motorizados
Pago del Impuesto a los vehículos motorizados por parte de los propietarios de los vehículos de uso particular, cuyo último dígito de placa sea 4.
OBLIGACIONES DE PERIODICIDAD MENSUAL
- Declaración de IVA mensual
- Declaración de Retenciones en la Fuente de IR
- Declaración de ICE
- Declaración de ISD
- Declaración y pago de obligaciones IESS
- Anexo Transaccional Simplificado
- Anexo ICE mensual.
- Anexo Movimiento Internacional de Divisas (MID).
- Anexo de Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles.
Nota: Los contribuyentes especiales deberán realizar su declaración hasta el 11 de cada mes, sin atender el noveno dígito del RUC. Si la fecha coincide con días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, deberán ser declaradas el día hábil siguiente.














