Ponemos a su consideración, un informe de las obligaciones societarias, tributarias y laborales que corresponden al mes de junio de 2025.
Obligaciones Tributarias.-
Presentación del Anexo de operaciones con partes relacionadas (OPR) y el Informe de Precios de Transferencia (IPT)
Los sujetos pasivos del Impuesto a la Renta que, dentro de un mismo período fiscal hayan efectuado operaciones con partes relacionadas en un monto acumulado superior a tres millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 3.000.000,00) deberán presentar el Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas. Si tal monto es superior a diez millones de dólares de los Estados Unidos de América (USD 10.000.000,00), dichos sujetos pasivos deberán presentar, adicionalmente al Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas, el Informe Integral de Precios de Transferencia. Esta información se presentará en un plazo no mayor a dos meses a la fecha de exigibilidad de la declaración del impuesto a la renta .
Presentación del Anexo de fideicomisos mercantiles, fondos de inversión y fondos complementarios
La sociedad administradora del fondo de inversión o del fideicomiso mercantil, o la persona natural o sociedad administradora del fondo complementario, según corresponda, deberá presentar ante la Administración Tributaria, mediante el “Anexo de Fideicomisos Mercantiles, Fondos de Inversión y Fondos Complementarios” la información relativa a los movimientos administrativos, operativos y financieros de los respectivos sujetos obligados. El Anexo antes mencionado deberá ser presentado de la siguiente manera:
- Los sujetos pasivos que se inscriban en el RUC por primera vez, lo presentarán al mes siguiente de la inscripción, considerando el noveno dígito del RUC.
- Los sujetos pasivos que ya se encuentren inscritos en el RUC presentarán la información de manera anual, con corte al 31 de diciembre del respectivo ejercicio fiscal, en el mes de junio del ejercicio fiscal siguiente al que corresponde la misma, considerando el noveno dígito del RUC.
Presentación de la segunda proyección de gastos personales.
En caso de que el trabajador considere que su proyección de gastos personales o número de cargas familiares sea diferente a la presentación original, podrá entregar a su empleador, en el mes de junio y/o septiembre, un nuevo formulario para la reliquidación de las futuras retenciones que correspondan en ese ejercicio.
Obligaciones Laborales.-
Registro del pago de utilidades
Los parámetros deberán registrar el pago de la participación a trabajadores para el año 2024, a través del sistema de salarios en línea del Ministerio de Trabajo, de acuerdo al siguiente cronograma:
| NOVENO DÍGITO DEL RUC | FECHA DE REGISTRO |
| 6, 7, 8, 9 y 0 | 21 de mayo al 21 de junio de 2025 |
El empleador que no pueda cumplir, por fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado, con la obligación de registrar el pago de acuerdo al cronograma establecido, tendrá un plazo de 90 días, contados a partir de la fecha en la que debía realizar el pago.
Obligaciones patronales – IESS
La planilla de aportes al IESS por las obligaciones correspondientes al mes de mayo del 2025, deberán ser pagadas hasta el 15 de junio del presente año.
Obligaciones Municipales
Renovación de la Tasa de habilitación y control de actividades económicas en establecimientos en el cantón Guayaquil
Toda persona natural, jurídica o sociedades de hecho que ejerzan habitualmente actividades económicas, en establecimientos de cualquier índole, dentro del cantón Guayaquil, están obligadas a pagar la Tasa de Habilitación y Control. Se incluyen en este ámbito todas las que desarrollan actividades de espectáculos públicos.
Se considera habitual la actividad, cuando el sujeto pasivo la realiza de manera continua o periódica.
La Tasa de Habilitación y Control es anual y su renovación deberá ser efectuada hasta el 30 de junio de cada año, siendo su vigencia hasta el 31 de diciembre del año correspondiente. A partir del 01 de julio, generará intereses y puede ser objeto de clausura.
Obligaciones Societarias
Reportar información sobre ventas a crédito
Las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros (SCVS), que dentro de sus actividades realizan ventas a crédito, con o sin intereses deberán transferir al Registro de Datos Crediticios que forman parte del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, hasta el 10 de junio, la información sobre las ventas a crédito efectuadas.
Otras obligaciones
Impuesto a los vehículos motorizados
Pago del Impuesto a los vehículos motorizados por parte de los propietarios de los vehículos de uso particular, cuyo último dígito de placa sea 5.
OBLIGACIONES DE PERIODICIDAD MENSUAL
- Declaración de IVA mensual (*)
- Declaración de Retenciones en la Fuente de IR (*)
- Declaración de ICE (*)
- Declaración de ISD (*)
- Anexo Transaccional Simplificado
- Anexo mensual del ICE
- Anexo de Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles.
Las obligaciones arriba detalladas, se presentarán atendiendo al noveno dígito del RUC.
(*) En el caso de los contribuyentes especiales, estas obligaciones se deberán presentar y pagar hasta el 11 de cada mes, sin atender al noveno dígito del RUC. En caso que el vencimiento de la declaración coincida con fines de semana o feriados, se trasladará al primer día hábil siguiente.