Ponemos a su consideración, un informe de las obligaciones societarias, tributarias y laborales que corresponden al mes de Abril de 2025.
Ponemos a su consideración, un informe de las obligaciones societarias, tributarias y laborales que corresponde al mes de Abril de 2025.
1.- Obligaciones Societarias:
Entrega de información financiera (Estados financieros, informe de auditoría, entre otros)
Las compañías constituidas en el Ecuador, sujetas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Compañías, envían a ésta, en el primer cuatrimestre de cada año los estados financieros de la compañía y sus anexos, preparados con base en la normativa contable y financiera vigente, dicha documentación estará aprobada por la Junta General de Socios o Accionistas, según el caso.
Reportar a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, el Domicilio o Residencia y la Identidad de los Accionistas, Socios o Partícipes de las Personas Jurídicas inscritas en el Registro de Mercado de Valores
Reportar hasta el 30 de abril de 2025, las compañías sujetas a la vigilancia y control de la Superintendencia de Compañías, enviarán a ésta el domicilio o residencia y la identidad de los accionistas, socios o partícipes de las personas jurídicas inscritas en el Registro de Mercado de Valores, hasta llegar a la identificación de la última persona natural, con corte a diciembre de 2024.
Informe de ventas a crédito
Las compañías sujetas a la supervisión y control de la Superintendencia de Compañías que dentro de sus actividadesn ventas a crédito, con o sin intereses, tendrán la obligación de transferir hasta el 10 de cada mes, la información sobre dichas operaciones al Registro de Datos Crediticios, que forma parte del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos.
Resolución SC.DSC.G.13.011 – Art. 1.
2.- Obligaciones Laborales:
Pago de utilidades:
Los parámetros deberán realizar el pago de la participación de utilidades dentro del plazo de 15 días, contados a partir de la fecha de liquidación de utilidades, la cual deberá hacerse hasta el 31 de marzo de cada año. Es decir, el pago de utilidades debe realizarse hasta el 15 de abril de cada año.
El pago se debe registrar a través de la página web del Ministerio del Trabajo en las fechas que de acuerdo al noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) del empleador, están previstas en el cronograma que define y publica en su página web el Ministerio del Trabajo, siendo este el siguiente:
NOVENO DÍGITO DEL RUC FECHA DE PAGO FECHA DE REGISTRO 1, 2, 3, 4 y 5 Hasta el 15 de abril de 2025 20 de abril del 2025 al 20 de mayo del 2025. 6, 7, 8, 9, Y 0 Hasta el 15 de abril de 2025 21 de mayo del 2025 al 21 de junio del 2025.
Registro de la décimocuarta remuneración en la Región Costa e Insular
Los países de las regiones Costa e Insultar, deben registrarse en el Sistema de Salarios En Línea de la página del Ministerio de Trabajo, el pago de la decimocuarta remuneración, de sus trabajadores bajo relación de dependencia de la siguiente manera:
· Los beneficios cuyo RUC terminará en 1, 2, 3, 4, y 5, hasta el 20 de abril de 2025.
· Los beneficios cuyo RUC terminará en 6, 7, 8, 9, y 0, desde el 21 de abril hasta el 21 de mayo de 2025.
3.- Obligaciones Tributarias:
Impuesto a la Renta Sociedades:
Todas las sociedades pertenecientes al Régimen General y al Régimen Rimpe Emprendedor, deberán realizar la declaración del Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2024 hasta el mes de abril de 2025. Los plazos para la presentación de la declaración serán conforme el noveno dígito del RUC de cada contribuyente, desde el 10 de abril hasta el 28 de abril.
Los contribuyentes especiales, deberán presentar sus declaraciones y realizar el pago del impuesto a la renta hasta el día 11 de abril, sin atender al noveno dígito de su Registro Único de Contribuyentes.
Cuando esta fecha coincida con días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, aquella se trasladará al día hábil siguiente a esta.
Impuesto a los vehículos motorizados
Pago del Impuesto a los vehículos motorizados por parte de los propietarios de los vehículos de uso particular, cuyo último dígito de placa sea 3.
Impuesto a la Salida de Divisas (ISD)
A raíz de la promulgación del Decreto Presidencial No.589 se ha extendido la tarifa del 0% del ISD hasta el 30 de abril de 2025.
Otras obligaciones:
Pago de Impuesto de 1,5 por mil sobre Activos Totales – Personas Naturales
Hasta el 30 de abril de 2025 se debe efectuar el pago ante la respectiva municipalidad, el impuesto correspondiente al 1,5 por mil sobre los activos totales por parte de personas naturales que ejercen actividades económicas de manera permanente y que están obligadas a llevar contabilidad.
OBLIGACIONES DE PERIODICIDAD MENSUAL
· Declaración de IVA mensual
· Declaración de Retenciones en la Fuente de IR
· Declaración de ICE
· Declaración de ISD
· Declaración y pago de obligaciones IESS
· Anexo Transaccional Simplificado